CPI Rechaza Solicitud de la Fundación Arcadia contra Fiscal Karim Khan.

Análisis Libre, La Haya, feb 10–

La Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional ha rechazado como inadmisible la solicitud de recusación contra el Fiscal de la Corte Penal Internacional presentada por la Fundación Arcadia en el Caso Venezuela

En su sentencia, la Sala clarifica que se requiere ser una “parte” en un “caso” para tener la legitimidad para presentar solicitudes de recusación, y la Fundación Arcadia falló en no poder demostrar ser una parte, o representante de parte para poder presentar dicha solicitud. Asimismo, la Sala aclaró que la Fundación Arcadia solicitaba una recusación en el caso del “Fiscal c. Nicolás Maduro Moros,un caso que no existe en dicha corte (párrafo 67 de la sentencia). Por lo tanto, la solicitud fue considerada como improcedente.

La sentencia reporta que la Fundación Arcadia presentó un documento “apenas legible” al tratar de reducir un documento de 38 páginas a 10 páginas, como fue instruido por la Sala, cuando los letrados de la Fundación Arcadia se limitaron a reducir el tamaño de la fuente de la letra del documento a un punto que lo tornó en ilegible (párrafo 42 de la sentencia).

La solicitud de recusación fue declarada inadmisible por la mayoría de cuatro jueces, teniendo el voto disidente de la jueza Luz del Carmen Ibáñez Carranza, el cual consideraría la solicitud admisible. Sin embargo, de haber sido así, la jueza también aclaró que la Fundación Arcadia “no ha aportado ninguna indicación que lleve a un observador razonable a concluir (…) que el Fiscal tiene de algún modo un “interés personal” en la investigación de la situación de Venezuela” (párrafo 75 de la sentencia). En ese sentido, la jueza enfatiza que “…ningún observador razonable y debidamente informado podría temer que en el presente caso existiera un sesgo que justificara la recusación del Fiscal” (párrafo 75 de la sentencia).

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